LBLA: ‘Y sucederá que cuando se cumplan tus días para que vayas a estar con tus padres, levantaré a uno de tus descendientes después de ti, que será de tus hijos; y estableceré su reino.
NBLA: Y sucederá que cuando se cumplan tus días para que vayas a estar con tus padres, levantaré a uno de tus descendientes después de ti, que será de tus hijos; y estableceré su reino.
NVI: Cuando tu vida llegue a su fin y vayas a reunirte con tus antepasados, yo pondré en el trono a uno de tus descendientes, a uno de tus hijos, y afirmaré su reino.
RV1960: Y cuando tus días sean cumplidos para irte con tus padres, levantaré descendencia después de ti, a uno de entre tus hijos, y afirmaré su reino.
JBS: Y será que, cuando tus días fueren cumplidos para irte con tus padres, despertaré tu simiente después de ti, la cual será de tus hijos, y afirmaré su reino.