LBLA: así como a los sacerdotes que estaban inscritos genealógicamente conforme a sus casas paternas, y a los levitas de veinte años arriba, según sus oficios y sus clases.
NBLA: Los sacerdotes estaban inscritos genealógicamente conforme a sus casas paternas, y los Levitas de veinte años arriba, según sus oficios y sus clases.
NVI: A los sacerdotes se les registraba de acuerdo con sus familias patriarcales, y a los levitas mayores de veinte años, de acuerdo con sus oficios y turnos.
RV1960: También a los que eran contados entre los sacerdotes según sus casas paternas; y a los levitas de edad de veinte años arriba, conforme a sus oficios y grupos.
JBS: y a los que eran contados entre los sacerdotes por las familias de sus padres, y a los levitas de edad de veinte años arriba, por sus estancias y órdenes;