LBLA: De parte mía se proclama un decreto de que en todo el dominio de mi reino todos teman y tiemblen delante del Dios de Daniel, porque El es el Dios viviente que permanece para siempre, y su reino no será destruido y su dominio durará para siempre.
NBLA: De parte mía se proclama un decreto de que en todo el dominio de mi reino todos teman y tiemblen delante del Dios de Daniel, Porque El es el Dios viviente que permanece para siempre, Y Su reino no será destruido Y Su dominio durará para siempre.
NVI: »He decretado que en todo lugar de mi reino la gente adore y honre al Dios de Daniel. »Porque él es el Dios vivo, y permanece para siempre. Su reino jamás será destruido, y su dominio jamás tendrá fin.
RV1960: De parte mía es puesta esta ordenanza: Que en todo el dominio de mi reino todos teman y tiemblen ante la presencia del Dios de Daniel; porque él es el Dios viviente y permanece por todos los siglos, y su reino no será jamás destruido, y su dominio perdurará hasta el fin.
JBS: De parte mía es puesta ordenanza, que en todo el señorío de mi reino todos teman y tiemblen de la presencia del Dios de Daniel, porque él es el Dios Viviente y permanente por todos los siglos, y su Reino tal que no se deshará, y su señorío hasta el fin: