LBLA: También os hacemos saber que no se permite cobrar tributo, impuesto o peaje a ninguno de los sacerdotes, levitas, cantores, porteros, sirvientes, o ministros de esta casa de Dios.
NBLA: También les hacemos saber que no se permite cobrar tributo, impuesto o peaje a ninguno de los sacerdotes, Levitas, cantores, porteros, sirvientes, o ministros de esta casa de Dios.
NVI: También les ordeno que exoneren de impuestos a los sacerdotes, levitas, cantores, porteros y servidores del templo de Dios.
RV1960: Y a vosotros os hacemos saber que a todos los sacerdotes y levitas, cantores, porteros, sirvientes del templo y ministros de la casa de Dios, ninguno podrá imponerles tributo, contribución ni renta.
JBS: Y a vosotros os hacemos saber, que a todos los sacerdotes y levitas, cantores, porteros, netineos y ministros de la casa de éste Dios, ninguno pueda imponerles tributo, o pecho, o renta.