LBLA: el dueño del pozo hará restitución; dará dinero a su dueño, y el animal muerto será suyo.
NBLA: el dueño del pozo hará restitución. Dará dinero a su dueño, y el animal muerto será suyo.
NVI: el dueño del pozo indemnizará al dueño del animal, y podrá quedarse con el animal muerto.
RV1960: el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.
JBS: el dueño de la cisterna pagará el dinero, restituyendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.