LBLA: Si su amo le da mujer, y ella le da a luz hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
NBLA: Si su amo le da mujer, y ella le da hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
NVI: »Si el amo le da mujer al esclavo, como ella es propiedad del amo, serán también del amo los hijos o hijas que el esclavo tenga con ella. Así que el esclavo se irá solo.
RV1960: Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le diere hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
JBS: Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le hubiere dado a luz hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.