LBLA: Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.
NBLA: Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.
NVI: »Si el animal robado se halla en su poder y todavía con vida, deberá restituirlo doble, ya sea que se trate de un toro, un asno o una oveja.
RV1960: Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.
JBS: Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.