LBLA: Y el límite se extenderá desde el mar hasta Hazar-enán en el límite de Damasco, y en el norte, hacia el norte, al límite de Hamat; este es el lado norte.
NBLA: El límite se extenderá desde el mar hasta Hazar Enán en la frontera con Damasco, y en el norte, hacia el norte, hasta la frontera con Hamat; éste es el lado norte.
NVI: Así el límite norte se extenderá desde el mar Mediterráneo hasta Jazar Enán. Al norte quedarán los territorios de Jamat y Jaurán.
RV1960: Y será el límite del norte desde el mar hasta Hazar-enán en el límite de Damasco al norte, y al límite de Hamat al lado del norte.
JBS: Y será el término del norte desde el mar de Hazar-enán al término de Damasco al norte, y al término de Hamat al lado del norte.