LBLA: Y junto al límite de Judá, desde el lado oriental hasta el lado occidental estará la porción que separaréis, de veinticinco mil codos de ancho, y de largo como una de las demás partes, desde el lado oriental hasta el lado occidental; y el santuario estará en medio de ella.
NBLA: “Y junto al límite de Judá, desde el lado oriental hasta el lado occidental estará la porción que separarán, de 13,125 metros de ancho, y de largo como una de las demás partes, desde el lado oriental hasta el lado occidental; y el santuario estará en medio de ella.
NVI: »Debajo de Judá, de este a oeste, está la porción de territorio que reservarás. Será de doce mil quinientos metros de ancho, y de este a oeste su longitud será la misma que la de los otros territorios. En medio de esta porción estará el santuario.
RV1960: Junto al límite de Judá, desde el lado del oriente hasta el lado del mar, estará la porción que reservaréis de veinticinco mil cañas de anchura, y de longitud como cualquiera de las otras partes, esto es, desde el lado del oriente hasta el lado del mar; y el santuario estará en medio de ella.
JBS: Y junto al término de Judá, desde la parte del oriente hasta la parte del mar, será la suerte que apartaréis de veinticinco mil cañas de anchura, y de longitud como cualquiera de las otras partes es a saber, desde la parte del oriente hasta la parte del mar; y el Santuario estará en medio de ella.