LBLA: Pero si el sacerdote examina la infección de la tiña, y he aquí, no parece ser más profunda que la piel y no hay en ella pelo negro, el sacerdote aislará por siete días a la persona con la infección de la tiña.
NBLA: Pero si el sacerdote examina la infección de la tiña, y no parece ser más profunda que la piel y no hay en ella pelo negro, el sacerdote aislará por siete días a la persona con la infección de la tiña.
NVI: Pero, si al examinar la llaga tiñosa el sacerdote ve que no está más hundida que la piel ni tiene pelo negro, aislará al enfermo de tiña durante siete días.
RV1960: Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere ser más profunda que la piel, ni hubiere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña;
JBS: Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere estar más profunda que la tez, ni fuere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña por siete días;