LBLA: entonces se rasurará, pero no rasurará la parte con tiña; y el sacerdote aislará al que tiene la tiña por otros siete días.
NBLA: entonces se rasurará, pero no rasurará la parte con tiña; y el sacerdote aislará al que tiene la tiña por otros siete días.
NVI: entonces el enfermo se afeitará el pelo, pero no la parte afectada, y el sacerdote lo aislará otros siete días.
RV1960: entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña.
JBS: entonces lo trasquilarán, mas no trasquilarán el lugar de la tiña; y encerrará el sacerdote al que tiene la tiña por siete días la segunda vez.