LBLA: Cuando entréis en la tierra de Canaán, que os doy en posesión, y ponga yo una marca de lepra sobre una casa en la tierra de vuestra posesión,
NBLA: “Cuando ustedes entren en la tierra de Canaán, que les doy en posesión, y Yo ponga una marca de lepra sobre una casa en la tierra de su posesión,
NVI: «Si al entrar ustedes en la tierra de Canaán, la cual les doy en propiedad, yo pongo moho infeccioso en alguna de sus casas,
RV1960: Cuando hayáis entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, si pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión,
JBS: Cuando hubieres entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, y pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión,