LBLA: “Hasta ese mismo día, hasta que hayáis traído la ofrenda de vuestro Dios, no comeréis pan, ni grano tostado, ni espiga tierna. Estatuto perpetuo será para todas vuestras generaciones dondequiera que habitéis.
NBLA: Hasta ese mismo día, hasta que ustedes hayan traído la ofrenda de su Dios, no comerán pan, ni grano tostado, ni espiga tierna. Estatuto perpetuo será para todas sus generaciones dondequiera que habiten.
NVI: No comerán pan, ni grano tostado o nuevo, hasta el día en que traigan esta ofrenda a su Dios. Este será un estatuto perpetuo para todos tus descendientes, dondequiera que habiten.
RV1960: No comeréis pan, ni grano tostado, ni espiga fresca, hasta este mismo día, hasta que hayáis ofrecido la ofrenda de vuestro Dios; estatuto perpetuo es por vuestras edades en dondequiera que habitéis.
JBS: Y no comeréis pan, ni grano tostado, ni espiga fresca, hasta este mismo día, hasta que hayáis ofrecido la ofrenda de vuestro Dios; estatuto perpetuo es por vuestras edades en todas vuestras habitaciones.