LBLA: “Pero si el que la consagra quisiera redimir su casa, añadirá a tu valuación la quinta parte del valor de ella; y así será suya.
NBLA: Pero si el que la consagra quisiera redimir su casa, añadirá a tu valuación la quinta parte del valor de ella; y así será suya.
NVI: Si el que consagró su casa quiere rescatarla, deberá añadir una quinta parte al valor que haya fijado el sacerdote, y la casa volverá a ser suya.
RV1960: Mas si el que dedicó su casa deseare rescatarla, añadirá a tu valuación la quinta parte del valor de ella, y será suya.
JBS: Mas si el santificante redimiere su casa, añadirá a tu estimación el quinto del dinero sobre ella, y será suya.