LBLA: “Y el sacerdote hará expiación delante del SEÑOR por la persona que ha cometido error, cuando peca inadvertidamente, haciendo expiación por él, y será perdonado.
NBLA: Y el sacerdote hará expiación delante del SEÑOR por la persona que ha cometido error, cuando peca inadvertidamente, haciendo expiación por él, y será perdonado.
NVI: El sacerdote hará propiciación ante el SEÑOR en favor de la persona que haya pecado inadvertidamente. El sacerdote hará propiciación, y la persona que pecó será perdonada.
RV1960: Y el sacerdote hará expiación por la persona que haya pecado por yerro; cuando pecare por yerro delante de Jehová, la reconciliará, y le será perdonado.
JBS: Y el sacerdote reconciliará a la persona que habrá pecado por yerro, cuando pecare por yerro delante del SEÑOR, la reconciliará, y le será perdonado.