LBLA: “Cuando le haya hecho beber el agua, sucederá que si ella se ha contaminado y ha sido infiel a su marido, el agua que trae maldición entrará en ella para producir amargura, y su vientre se hinchará, su muslo se enjutará y la mujer vendrá a ser una maldición en medio de su pueblo.
NBLA: Cuando le haya hecho beber el agua, sucederá que si ella se ha contaminado y ha sido infiel a su marido, el agua que trae maldición entrará en ella para producir amargura, y su vientre se hinchará, su muslo se enjutará y la mujer vendrá a ser una maldición en medio de su pueblo.
NVI: Cuando ella se haya bebido las aguas de la maldición, y estas entren en ella para causarle amargura, si le fue infiel a su esposo y se mancilló, se le hinchará el vientre y quedará estéril. Así esa mujer caerá bajo maldición en medio de su pueblo.
RV1960: Le dará, pues, a beber las aguas; y si fuere inmunda y hubiere sido infiel a su marido, las aguas que obran maldición entrarán en ella para amargar, y su vientre se hinchará y caerá su muslo; y la mujer será maldición en medio de su pueblo.
JBS: Le dará, pues, a beber las aguas; y será, que si fuere inmunda y hubiere hecho traición contra su marido, las aguas que obran maldición entrarán en ella en amargura, y su vientre se hinchará, y caerá su muslo; y la tal mujer será por maldición en medio de su pueblo.