LBLA: esto es, si alguno es irreprensible, marido de una sola mujer, que tenga hijos creyentes, no acusados de disolución ni de rebeldía.
NBLA: Lo designarás, si el anciano es irreprensible, marido de una sola mujer, que tenga hijos creyentes, no acusados de disolución ni de rebeldía.
NVI: El anciano debe ser intachable, esposo de una sola mujer; sus hijos deben ser creyentes, libres de sospecha de libertinaje o de desobediencia.
RV1960: el que fuere irreprensible, marido de una sola mujer, y tenga hijos creyentes que no estén acusados de disolución ni de rebeldía.
JBS: el que fuere irreprensible, marido de una mujer, que tenga hijos fieles que no pueden ser acusados de disolución, ni contumaces.